Preguntas
Lo que conviene saber antes de firmar
¿Cuánto tiempo tengo para decidir con la cotización?
Nuestras propuestas tienen una vigencia de 7 días. No es una táctica de
presión: los precios de módulo e inversor se mueven, y preferimos rehacer el número antes
que sostener uno que dejó de ser cierto.
¿Qué incluye y qué no incluye el precio?
Incluye: paneles, inversor, estructura básica, mano de obra, material
eléctrico y la inspección que exige la norma.
No incluye: lo que cobre CFE si hay que subir el voltaje o la carga
contratada, trabajos de albañilería, el nicho o protección del inversor, ni estructuras
especiales con ángulos de aluminio o bases prefabricadas.
¿Cómo se paga?
Hay dos caminos y conviene no confundirlos:
Pago directo: anticipo del 50 % y el resto conforme avanza
la obra.
Con financiera: a través de Serfimex Solar o RedGirasol, que sí manejan
planes desde 0 % de enganche y hasta 72 meses. El crédito lo autoriza la financiera, no
nosotros, y las condiciones dependen de su perfil.
¿Quién hace los trámites con CFE?
Los trámites y pagos ante CFE u otras dependencias corren por cuenta del cliente.
Nosotros preparamos y entregamos toda la documentación técnica que se necesita —incluida la
solicitud para conectarse a la red— para que el trámite no se atore.
¿Cuánto tarda la instalación?
Los materiales son de entrega inmediata y se requiere un área para descargarlos. El plazo
de obra depende del tamaño del sistema y se define en la propuesta.
¿Qué garantía tengo y por cuánto tiempo?
Paneles: 15 años contra defectos de fabricación, más la garantía de
eficiencia del fabricante a 25 años.
Inversores: 5 años.
Instalación: 5 años, siempre que el sistema no haya sido modificado por
terceros.
Los paneles no quedan cubiertos ante daños físicos causados por terceros o por fenómenos
climáticos. Lo decimos aquí y no en una letra chica.
¿El sistema necesita mantenimiento?
Sí, preventivo y cada 6 meses. No es sólo lavar los paneles: se revisa
cada parte del sistema. Un sistema bien mantenido trabaja más de 25 años; uno abandonado
pierde generación sin que usted se entere, porque el recibo sube poco a poco.
¿De verdad puedo deducir el 100 %?
El Artículo 34 fracción XIII de la LISR lo permite para maquinaria y equipo de generación
renovable, con la condición de mantenerlo operando cinco años. Cuánto le beneficia a
usted depende de cuánta utilidad declare su empresa, y qué conceptos exactos entran lo confirma su
contador con la cotización. No le vamos a dar un porcentaje que no podamos sostener.